TÉRMINOS Y CONDICIONES
CONCURSO
1. IDENTIFICACIÓN DEL ORGANIZADOR
Organizador: ICVO QUÍMICA. (en adelante, “ICVO” o “el Organizador”), sociedad comercial legalmente constituida bajo las leyes de la República de Colombia, identificada con NIT 890932892-1 , con domicilio principal en Autopista med-bog km 29, Guarne, Colombia.
Canales oficiales de la actividad:
- Sitio web: icvo.com.co
- Correo electrónico: info@icvo.com.co
- Línea de atención / WhatsApp: 604 4443323
Ninguna persona natural o jurídica distinta de ICVO está autorizada para modificar, interpretar, ampliar o restringir estos Términos y Condiciones. Las manifestaciones de distribuidores, vendedores, establecimientos de comercio, aliados comerciales o terceros no vinculan al Organizador.
2. NATURALEZA JURÍDICA DE LA ACTIVIDAD
2.1. La actividad regulada en este documento es un concurso de habilidad, inteligencia y destreza, de carácter promocional y gratuito, en el cual la asignación de los premios depende exclusivamente del mérito verificable de los Participantes, medido conforme a los criterios objetivos y a la rúbrica de evaluación previamente publicados en la cláusula 8.
2.2. En consecuencia, y para todos los efectos legales, se deja expresa constancia de que en esta actividad:
- a) No existe ningún elemento de suerte, azar, aleatoriedad o hecho incierto que incida, total o parcialmente, en la determinación de los ganadores.
- b) No se realiza sorteo, rifa, balotera, tómbola ni mecanismo aleatorio alguno, ni en la selección de los ganadores, ni en la conformación de listas, ni en la resolución de empates.
- c) No se utilizan los resultados de loterías, chance, Baloto ni de ningún otro juego de suerte y azar como mecanismo de determinación de ganadores ni de desempate.
- d) No se exige pago alguno para acceder al concurso. La adquisición de productos ICVO es un hecho independiente que se realiza a precio ordinario de mercado, sin sobreprecio, recargo ni valor adicional asociado a la participación.
- e) No se expiden boletas, cupones, talonarios ni títulos de participación de ninguna clase. El Código Único de Participación es un elemento de trazabilidad y verificación de compra, no un instrumento de juego.
2.3. Por tratarse de un concurso de habilidad, inteligencia y destreza y no de un juego de suerte y azar, la actividad no se encuentra sujeta a la autorización de que trata la Ley 643 de 2001 ni a la reglamentación de juegos promocionales contenida en el Decreto 1068 de 2015.
2.4. La actividad se rige por la Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor), en especial sus artículos 29 a 34; por la Ley 1581 de 2012 y el Decreto 1074 de 2015 en materia de protección de datos personales; y por las demás normas concordantes del ordenamiento jurídico colombiano.
3. DEFINICIONES
Actividad o Concurso: el concurso de habilidad, inteligencia y destreza “Tu compra te puede llevar más lejos”, regulado por estos Términos y Condiciones.
Producto Participante: los productos de la marca ICVO Química que exhiban un Código Único de Participación impreso en su envase, según el listado publicado en [___].
Código Único de Participación (el “Código”): secuencia alfanumérica única, irrepetible y no consecutiva, impresa mediante sistema de inyección de tinta (hidrojet) en el envase de cada Producto Participante. El Código es distinto e independiente del número de lote de fabricación, el cual también aparece impreso en el envase y debe registrarse por separado.
Participante: persona natural, mayor de dieciocho (18) años, con plena capacidad legal, residente en el territorio de la República de Colombia, que adquiere un Producto Participante como consumidor o usuario final y completa válidamente el Registro.
Registro: diligenciamiento completo y veraz del formulario oficial de la Actividad, disponible en icvo.com.co , incluida la aceptación de estos Términos y Condiciones y la autorización de tratamiento de datos personales.
Distribuidor Referido: el establecimiento de comercio, distribuidor, ferretería, peleteria o punto de venta identificado por el Participante en su Registro como aquel en el cual adquirió el Producto Participante.
Zona: cada una de las tres divisiones territoriales definidas en la cláusula 5.
Jurado: el comité evaluador designado por ICVO conforme a la cláusula 8.5.
Vigencia: el período definido en la cláusula 4.
4. VIGENCIA
4.1. La Actividad estará vigente desde las 00:00 horas del día [] de [] de [] hasta las 23:59 horas del día [] de [] de [], hora legal colombiana.
4.2. Solo se tendrán por válidos los Registros efectivamente recibidos en la plataforma dentro de la Vigencia. La hora de referencia será la del servidor de la plataforma de registro. No se admitirán reclamaciones por Registros no recibidos, incompletos o recibidos fuera de la Vigencia, cualquiera sea la causa, incluidas fallas de conectividad, de dispositivo o de operador de telecomunicaciones del Participante.
4.3. Solo participan los Productos Participantes adquiridos dentro de la Vigencia, lo cual deberá poder acreditarse con la factura, recibo o comprobante de compra correspondiente.
4.4. La publicación de resultados se realizará el día [] y la entrega de premios a más tardar el día [].
5. ÁMBITO TERRITORIAL Y ZONAS
5.1. La Actividad se desarrolla únicamente en el territorio de la República de Colombia.
5.2. Para efectos de la asignación de premios, el territorio nacional se divide en tres (3) Zonas:
|
Zona |
Departamentos que la componen |
|---|---|
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Zona Centro |
Antioquia, Cundinamarca, Bogotá D.C., Valle del Cauca, Caldas, Risaralda, Quindío, Tolima, Huila, Boyacá |
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Zona Costa |
Atlántico, Bolívar, Magdalena, Cesar, Córdoba, Sucre, La Guajira, Chocó, San Andrés y Providencia |
|
Zona Oriente |
Santander, Norte de Santander, Arauca, Casanare, Meta, Vichada, Guaviare, Guainía, Vaupés, Amazonas, Putumayo, Caquetá, Nariño, Cauca |
5.3. La Zona aplicable a cada Participante se determina exclusivamente por el departamento en el cual se realizó la compra, declarado en el Registro y verificable con el comprobante de compra y con el NIT del Distribuidor Referido. No se determina por el lugar de residencia ni de domicilio del Participante.
5.4. En caso de discrepancia entre el departamento declarado y el que resulte del comprobante de compra o de los registros comerciales de ICVO, prevalecerá este último.
6. QUIÉNES PUEDEN PARTICIPAR
6.1. Requisitos. Podrán participar las personas naturales que cumplan todos los siguientes requisitos:
- a) Ser mayor de dieciocho (18) años al momento del Registro. b) Tener plena capacidad legal para obligarse. c) Ser residente en el territorio colombiano y contar con documento de identidad válido y vigente. d) Haber adquirido, como consumidor o usuario final, un Producto Participante dentro de la Vigencia, en un establecimiento ubicado en Colombia. e). Completar el Registro de forma íntegra y veraz. f) Aceptar estos Términos y Condiciones y otorgar la autorización de tratamiento de datos personales.
6.2. Exclusiones. No podrán participar, y serán descalificados en cualquier momento en que se detecte la circunstancia:
- a) Los socios, administradores, representantes legales, empleados y contratistas de ICVO S.A.S.. b) Los socios, administradores, empleados y contratistas de las agencias de publicidad, mercadeo, tecnología, logística y de cualquier tercero vinculado a la ejecución de la Actividad. c) El cónyuge o compañero(a) permanente, y los parientes hasta el segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad y primero civil, de las personas indicadas en los literales a) y b). d) Las personas jurídicas. e) Las personas que hayan sido declaradas interdictas judicialmente. f) Los distribuidores, comercializadores, revendedores y sus empleados, respecto de productos adquiridos para reventa. Estos podrán, no obstante, resultar beneficiarios del Premio al Distribuidor Referido conforme a la cláusula 9.4.
6.3. Menores de edad. La Actividad no está dirigida a menores de dieciocho (18) años e ICVO no recolectará intencionalmente sus datos personales. Detectada la participación de un menor, el Registro será anulado y sus datos suprimidos.
7. MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN
7.1. Pasos. Para participar, el consumidor final debe:
- Adquirir un Producto Participante en cualquier punto de venta del territorio nacional durante la Vigencia.
- Ubicar en el envase el Código Único de Participación y el número de lote, impresos en el envase.
- Ingresar al formulario oficial disponible en icvo.com.co y diligenciarlo en su totalidad, incluyendo: aceptación de Términos y Condiciones, autorización de tratamiento de datos, producto adquirido, Código Único, número de lote, presentación, NIT y nombre del Distribuidor Referido, departamento y municipio de compra, número de la factura o comprobante de compra, datos de identificación y contacto, y la respuesta a la pregunta abierta objeto de evaluación señalada en la cláusula 8.3.
- Enviar el formulario dentro de la Vigencia.
7.2. Un código, un registro. Cada Código habilita un (1) único Registro válido. El primer Registro que ingrese un Código determinado será el único válido; los posteriores que reporten el mismo Código serán rechazados automáticamente, con independencia de quién los presente.
7.3. Registros múltiples. Un mismo Participante puede efectuar tantos Registros como Códigos legítimos posea, siempre que cada Código provenga de un Producto Participante efectivamente adquirido por él como consumidor final y esté respaldado por su respectivo comprobante de compra. Todos los Registros de un mismo Participante dentro de una misma Zona se acumulan para efectos del componente objetivo de puntuación de la cláusula 8.2.
7.4. Un participante, una zona. Si un mismo Participante efectúa Registros en más de una Zona, la totalidad de sus Registros se computará únicamente en la Zona en la que haya acumulado el mayor número de Registros válidos; en caso de igualdad, en la Zona correspondiente a su primer Registro válido. Ningún Participante podrá resultar ganador en más de una Zona ni recibir más de un premio principal.
7.5. Requisitos de validez. Un Registro será válido únicamente si:
- a) El Código corresponde efectivamente a un Código emitido por ICVO, no ha sido registrado previamente, y coincide con el número de lote reportado. b) La totalidad de los campos obligatorios está diligenciada de forma completa, legible y veraz. c) Los datos de identificación corresponden a una persona real, identificable y contactable. d) No se han empleado medios automatizados, macros, bots, scripts, cuentas múltiples ni ningún mecanismo que altere la mecánica.
7.6. El Registro es personal, gratuito e intransferible. Los Códigos no son transferibles, negociables, canjeables ni comercializables. La compra, venta, permuta o cesión de Códigos, así como su obtención por medios distintos a la adquisición legítima del producto, acarrea la descalificación.
8. CRITERIO DE SELECCIÓN DE GANADORES
Esta es la cláusula que define la naturaleza de la Actividad. La determinación de los ganadores obedece íntegramente a criterios de mérito, objetivos, verificables y previamente publicados. En ningún supuesto, ni siquiera para resolver empates, se acudirá a mecanismos aleatorios.
8.1. Regla general. En cada Zona resultará ganador el Participante que obtenga el mayor puntaje total sobre cien (100) puntos, conforme a la siguiente rúbrica.
8.2. Componente Objetivo — Constancia y volumen (60 puntos).
Mide el número de Registros válidos acumulados por cada Participante en su Zona durante la Vigencia.
- Al Participante con mayor número de Registros válidos en la Zona se le asignan 60 puntos.
- A los demás Participantes se les asigna un puntaje proporcional, conforme a la fórmula:
Puntaje = (Registros válidos del Participante ÷ Registros válidos del mayor de la Zona) × 60
- El resultado se aproxima a dos (2) decimales.
8.2. Componente de Habilidad — Evaluación del Jurado. (40 puntos)
Cada Participante debe responder, en el formulario de Registro, la siguiente pregunta abierta de respuesta obligatoria:
“Describa una aplicación, uso o problema concreto en el que haya utilizado un producto ICVO Química, explicando qué resultado obtuvo y qué mejora propondría usted al producto o a su presentación.” (Extensión mínima: 200 caracteres. Extensión máxima: 1.200 caracteres.)
El Jurado evaluará cada respuesta conforme a los siguientes subcriterios:
|
Subcriterio |
Puntos |
Qué se evalúa |
|---|---|---|
|
Pertinencia técnica |
15 |
Correspondencia entre el producto, el uso descrito y su aplicación real; precisión del relato técnico. |
|
Claridad y argumentación |
15 |
Orden, coherencia, suficiencia y comprensibilidad de la exposición. |
|
Aporte y originalidad de la propuesta de mejora |
10 |
Utilidad, viabilidad y carácter novedoso de la mejora sugerida. |
Las respuestas vacías, ilegibles, copiadas de otro Participante, ajenas a la pregunta, generadas de forma automatizada o compuestas por texto sin sentido obtendrán cero (0) puntos en este componente.
8.4. Desempate. En caso de igualdad en el puntaje total dentro de una misma Zona, se aplicarán los siguientes criterios, en estricto orden de prelación, hasta romper el empate:
- Mayor puntaje en el Componente de Habilidad (cláusula 8.3).
- Mayor puntaje en el subcriterio “Aporte y originalidad de la propuesta de mejora”.
- Mayor puntaje en el subcriterio “Pertinencia técnica”.
- Mayor número absoluto de Registros válidos en la Zona.
- Anterioridad en el tiempo: resultará ganador quien haya efectuado su primer Registro válido en la fecha y hora más tempranas, según el sello de tiempo del servidor de la plataforma, con precisión de segundos.
Estos criterios son objetivos, verificables y agotan toda posibilidad de empate. Bajo ninguna circunstancia se resolverá un empate mediante sorteo, balota, moneda, generador aleatorio o cualquier otro mecanismo dependiente del azar.
8.5. Jurado. El Jurado estará integrado por tres (3) personas designadas por ICVO: [un representante del área técnica], [un representante del área comercial] y [la gerencia general]. Sus decisiones se adoptarán por mayoría, se consignarán en acta suscrita por sus integrantes y serán definitivas. El acta contendrá el puntaje desagregado de los Participantes finalistas de cada Zona y permanecerá a disposición de los Participantes que la soliciten por los canales oficiales durante un (1) año.
8.6. Evaluación a ciegas. Para la evaluación del Componente de Habilidad, el Jurado recibirá las respuestas anonimizadas, sin datos de identificación del Participante.
8.7. Habrá un (1) ganador principal por Zona, para un total de tres (3) ganadores principales.
9. PLAN DE PREMIOS
9.1. Premios principales. Tres (3) premios, uno por cada Zona, consistentes —a elección del ganador— en:
Opción A — Premio en especie: una (1) motocicleta marca TVS, referencia Raider [cilindraje/modelo], modelo [año], color [], nueva, cuyo valor comercial de referencia es de **[$] pesos colombianos**, incluido IVA.
Opción B — Premio en dinero: la suma de [$___] pesos colombianos, equivalente al valor comercial de referencia de la motocicleta señalada en la Opción A, pagadera mediante transferencia electrónica a la cuenta bancaria de titularidad del ganador.
9.2. Ejercicio de la opción. El ganador deberá comunicar por escrito a ICVO, por los canales oficiales, la opción elegida dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de que trata la cláusula 12. Vencido este término sin manifestación expresa, se entenderá elegida la Opción B (premio en dinero), por ser la de más ágil entrega y la que no genera costos posteriores a cargo del ganador. La elección es irrevocable.
9.3. Los premios son personales e intransferibles. No son acumulables, canjeables por bienes o servicios distintos de los previstos, ni redimibles parcialmente. No podrán cederse a terceros ni antes ni después de la notificación.
9.4. Premio al Distribuidor Referido. Adicionalmente, en cada Zona ICVO reconocerá la suma de quinientos mil pesos ($500.000) al Distribuidor Referido identificado en el Registro ganador de esa Zona, esto es, al establecimiento de comercio en el cual el ganador principal adquirió el Producto Participante correspondiente a su primer Registro válido.
- a) El reconocimiento se pagará a la persona natural o jurídica titular del NIT del establecimiento declarado en el Registro, previa verificación por parte de ICVO. b) El pago está condicionado a que el establecimiento se encuentre legalmente constituido, cuente con RUT vigente y expida el documento soporte correspondiente. c) Este reconocimiento no constituye salario, comisión, bonificación laboral ni contraprestación de servicios, y no genera vínculo laboral, de agencia comercial, de distribución ni de ninguna otra naturaleza entre ICVO y el beneficiario o sus empleados. d) Si el establecimiento resulta ser un tercero no identificable, inexistente, con NIT errado o que se niegue a recibirlo, el reconocimiento se declarará desierto en esa Zona.
10. COSTOS, TRIBUTOS Y CARGAS A CARGO DEL GANADOR
10.1. Costos de la motocicleta. Si el ganador elige la Opción A, serán de su exclusivo cargo, sin excepción:
- Matrícula, expedición de placas, tarjeta de propiedad y trámites ante el organismo de tránsito.
- Impuestos de registro, timbre, vehicular y demás tributos departamentales o municipales.
- SOAT y cualquier otra póliza o seguro.
- Traspaso, formularios, derechos notariales y honorarios de trámite.
- Transporte, traslado o entrega en lugar distinto al punto designado por ICVO.
- Casco, elementos de protección y cualquier accesorio.
- Combustible, mantenimiento, revisión técnico-mecánica y todo gasto de uso.
10.3. ICVO entrega la motocicleta en el estado en que la suministra el concesionario o distribuidor autorizado, en el punto que ICVO designe dentro de la ciudad de residencia del ganador. La entrega se realiza sin matricular. El ganador dispone de [treinta (30)] días calendario para adelantar los trámites a su cargo; vencido este término sin hacerlo, ICVO queda liberada de toda obligación asociada al bien.
10.4. El ganador debe contar con licencia de conducción vigente en la categoría correspondiente para operar la motocicleta. La ausencia de licencia no impide la entrega del bien, pero es responsabilidad exclusiva del ganador abstenerse de conducirlo sin ella.
11. VERIFICACIÓN, VALIDACIÓN Y AUDITORÍA
11.1. ICVO se reserva el derecho de verificar, en cualquier momento y por cualquier medio idóneo, la autenticidad y legitimidad de cada Registro, Código, comprobante de compra y dato suministrado.
11.2. Como condición previa a la entrega de cualquier premio, el Participante seleccionado deberá acreditar, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al requerimiento:
- a) Documento de identidad original. b) Las facturas, recibos o comprobantes de compra correspondientes. d) Declaración escrita de que no se encuentra incurso en las exclusiones de la cláusula 6.2. e) Cualquier otro documento razonablemente requerido para verificar el cumplimiento de estos Términos y Condiciones.
11.3. La imposibilidad de acreditar lo anterior, o la existencia de inconsistencias sustanciales entre lo registrado y lo acreditado, dará lugar a la descalificación inmediata. En tal caso, el premio se asignará al Participante que ocupe el siguiente lugar en el puntaje de la Zona respectiva, aplicando el mismo procedimiento de verificación.
12. NOTIFICACIÓN Y RECLAMACIÓN DEL PREMIO
12.1. ICVO contactará a los ganadores a través de los datos suministrados en el Registro (llamada telefónica, WhatsApp y correo electrónico), realizando al menos tres (3) intentos de contacto en días y horas hábiles distintos, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación de resultados. De cada intento se dejará constancia.
12.2. Es responsabilidad exclusiva del Participante suministrar datos de contacto correctos y mantenerlos operativos. ICVO no responde por datos errados, incompletos, desactualizados, números fuera de servicio, buzones llenos o correos filtrados como no deseados.
12.3. El ganador dispone de treinta (30) días calendario, contados desde la fecha del primer intento de contacto, para manifestar su aceptación y aportar la documentación de la cláusula 11.2. Vencido este término sin respuesta o sin la documentación completa, perderá todo derecho sobre el premio, sin necesidad de requerimiento adicional, y el premio se asignará al siguiente en puntaje.
12.4. Si agotado el procedimiento anterior con los tres (3) primeros lugares de una Zona ningún Participante reclama válidamente el premio, este se declarará desierto, sin que ello genere obligación, indemnización ni compensación alguna a cargo de ICVO.
12.5. Publicación de resultados. Los resultados se publicarán en [canales], indicando nombre e inicial del apellido del ganador y su Zona. Los datos completos no serán divulgados.
13. CAUSALES DE DESCALIFICACIÓN
Serán descalificados, en cualquier etapa y sin derecho a reclamación, los Participantes que:
- a) Suministren información falsa, inexacta, incompleta o de un tercero sin su autorización. b) Registren Códigos adulterados, falsificados, reproducidos, obtenidos de envases no adquiridos legítimamente por ellos, o recolectados de envases desechados, de terceros o de puntos de venta. c) Compren, vendan, permuten o de cualquier forma comercien Códigos o envases con fines de participación. d) Utilicen identidades múltiples, documentos de terceros, cuentas de correo o números telefónicos de terceros para multiplicar Registros. e) Empleen bots, scripts, macros, automatizaciones o cualquier medio técnico para alterar la mecánica. f) Presenten respuestas plagiadas, generadas automáticamente o copiadas de otro Participante en el Componente de Habilidad. g) Se encuentren incursos en las exclusiones de la cláusula 6.2. h) Incurran en conductas fraudulentas, de mala fe, o que vulneren estos Términos y Condiciones o el ordenamiento jurídico. i) Realicen actos que afecten la imagen, el buen nombre o los intereses legítimos de ICVO, de otros Participantes o de terceros.
ICVO se reserva las acciones civiles y penales que correspondan frente a conductas fraudulentas.
14. ENTREGA DEL PREMIO
14.1. La entrega se formalizará mediante acta de entrega y recibo a satisfacción, suscrita por el ganador y por el representante de ICVO, en la que constará la identificación del ganador, la descripción del premio, la modalidad elegida y la declaración de paz y salvo.
14.2. Con la suscripción del acta, el ganador declara haber recibido el premio a entera satisfacción y libera a ICVO de toda responsabilidad, obligación o reclamación posterior derivada de la Actividad y del premio recibido.
14.3. El ganador debe comparecer personalmente. No se admite representación, salvo poder especial autenticado ante notario, cuya aceptación queda a discreción de ICVO.
15. USO DE NOMBRE E IMAGEN
15.1. La participación en la Actividad no está condicionada a la autorización de uso de imagen.
15.2. ICVO solicitará a los ganadores, de forma separada, libre y expresa, autorización para el uso de su nombre, imagen, voz y testimonio en piezas de comunicación relacionadas con la Actividad. Dicha autorización se otorgará mediante documento independiente, por el término y en los medios allí señalados, sin contraprestación adicional al premio.
15.3. La negativa a otorgar esta autorización no afecta en modo alguno el derecho al premio. En tal caso, ICVO publicará únicamente las iniciales del ganador y su Zona.
16. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD
16.1. ICVO no es fabricante ni ensamblador de las motocicletas. La garantía legal del bien, su cubrimiento, exclusiones y trámite corresponden al fabricante, importador y/o concesionario autorizado, en los términos de los artículos 7 y siguientes de la Ley 1480 de 2011. ICVO indicará al ganador el canal de garantía correspondiente.
16.2. Entregado el premio, ICVO no responde por su uso, conducción, mantenimiento, siniestros, daños, hurto, accidentes, infracciones de tránsito ni por perjuicios de cualquier naturaleza causados por el ganador o a terceros.
16.3. ICVO no responde por fallas técnicas, interrupciones, indisponibilidad, errores, pérdida de información o retrasos imputables a la plataforma de registro, a proveedores de internet, a operadores de telecomunicaciones o a los dispositivos de los Participantes.
16.4. ICVO no responde por Códigos ilegibles, borrados, deteriorados, dañados por manipulación del envase o afectados por condiciones de almacenamiento ajenas a su control.
16.5. La responsabilidad de ICVO se limita, en todo caso, a la entrega del premio en los términos aquí previstos.
17. TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
17.1. Los datos personales suministrados serán tratados por ICVO, en calidad de Responsable, conforme a la Ley 1581 de 2012, el Decreto 1074 de 2015 y la Política de Tratamiento de la Información y Protección de Datos Personales de ICVO, disponible en [enlace], que hace parte integral de estos Términos y Condiciones.
17.2. El Registro requiere autorización previa, expresa e informada del titular. La negativa a otorgarla impide la participación, por ser el tratamiento indispensable para la ejecución de la Actividad.
17.3. La autorización para recibir comunicaciones comerciales y de mercadeo es facultativa, independiente y revocable, y su otorgamiento o negativa no incide en la participación ni en el resultado del concurso.
17.4. ICVO no vende, arrienda, cede ni comparte con terceros los datos personales de los Participantes con fines comerciales propios de esos terceros.
18. MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN Y TERMINACIÓN
18.1. ICVO podrá modificar estos Términos y Condiciones, o suspender, ampliar o dar por terminada la Actividad, únicamente por causas de fuerza mayor, caso fortuito, orden de autoridad competente o circunstancias sobrevinientes ajenas a su control que hagan imposible o excesivamente onerosa su ejecución.
18.2. Toda modificación se publicará en los canales oficiales con al menos [cinco (5)] días calendario de antelación a su entrada en vigor y respetará los derechos ya consolidados de quienes hayan efectuado Registros válidos con anterioridad.
18.3. En ningún caso la modificación podrá disminuir el plan de premios ofrecido ni alterar el criterio de selección de ganadores respecto de Registros ya efectuados.
19. ACEPTACIÓN
La participación en la Actividad implica el conocimiento y la aceptación íntegra, plena y sin reservas de estos Términos y Condiciones, así como de las decisiones del Jurado y de ICVO en su aplicación e interpretación. Quien no esté de acuerdo debe abstenerse de participar.
20. LEY APLICABLE, PETICIONES Y CONTROVERSIAS
20.1. Estos Términos y Condiciones se rigen por la ley colombiana.
20.2. Las peticiones, quejas y reclamos relacionados con la Actividad deberan presentarse a info@icvo.com.co, y serán atendidas dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a su recepción.
21. PUBLICACIÓN Y CONSULTA
Estos Términos y Condiciones permanecerán publicados y disponibles para consulta y descarga en icvo.com.co durante toda la Vigencia.
Fecha de publicación: 31 de Agosto
ICVO S.A.S. / ICVO QUÍMICA NIT 890932892-1
CVO S.A.S. / ICVO QUÍMICA
NIT: 890932892-1
Domicilio y dirección de notificaciones: Autopista Medellín–Bogotá km 29, Guarne, Antioquia, Colombia
Correo electrónico para el ejercicio de derechos: info@icvo.com.co
Teléfono / WhatsApp: 604 4443323
Sitio web: icvo.com.co
2. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
2.1. La presente Política establece los criterios, principios, finalidades, derechos y procedimientos aplicables a la recolección, almacenamiento, uso, circulación y supresión de los datos personales que ICVO trata en calidad de Responsable.
2.2. Aplica a la totalidad de las bases de datos administradas por ICVO, incluidas las de clientes, consumidores finales, distribuidores, proveedores, aliados comerciales, aspirantes, empleados, contratistas y visitantes, así como a la base de datos conformada con ocasión del concurso “Tu compra te puede llevar más lejos”.
2.3. Es de obligatoria observancia para todos los administradores, empleados, contratistas y terceros que, en desarrollo de sus funciones o de una relación contractual con ICVO, accedan a datos personales bajo su responsabilidad.
3. MARCO NORMATIVO
- Constitución Política de Colombia, artículos 15 y 20.
- Ley 1581 de 2012, por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales.
- Ley 1266 de 2008, en lo pertinente.
- Decreto 1074 de 2015 (Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo), Libro 2, Parte 2, Título 2, Capítulo 25 y siguientes.
- Ley 1480 de 2011, Estatuto del Consumidor.
- Circulares e instrucciones de la Superintendencia de Industria y Comercio.
- Jurisprudencia de la Corte Constitucional, en particular la Sentencia C-748 de 2011.
4. DEFINICIONES
Autorización: consentimiento previo, expreso e informado del Titular para llevar a cabo el tratamiento de sus datos personales.
Base de datos: conjunto organizado de datos personales objeto de tratamiento.
Dato personal: cualquier información vinculada o que pueda asociarse a una o varias personas naturales determinadas o determinables.
Dato público: el que no es semiprivado, privado o sensible.
Dato sensible: aquel que afecta la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar discriminación, tales como los que revelen origen racial o étnico, orientación política, convicciones religiosas o filosóficas, pertenencia a sindicatos, organizaciones sociales o de derechos humanos, datos relativos a la salud, a la vida sexual y los datos biométricos.
Encargado del tratamiento: persona natural o jurídica que, por sí misma o en asocio con otros, realiza el tratamiento de datos personales por cuenta del Responsable.
Responsable del tratamiento: persona natural o jurídica que decide sobre la base de datos y/o el tratamiento de los datos. Para efectos de esta Política, ICVO.
Titular: persona natural cuyos datos personales son objeto de tratamiento.
Transferencia: envío de datos por el Responsable o Encargado ubicado en Colombia a un receptor que es a su vez Responsable y se encuentra dentro o fuera del país.
Transmisión: comunicación de datos personales que tiene por objeto la realización de un tratamiento por parte de un Encargado, por cuenta del Responsable.
Tratamiento: cualquier operación sobre datos personales, tales como la recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión.
5. PRINCIPIOS
ICVO aplica los siguientes principios rectores, conforme al artículo 4 de la Ley 1581 de 2012:
Legalidad. El tratamiento es una actividad reglada que se sujeta a la ley.
Finalidad. El tratamiento obedece a finalidades legítimas, determinadas, explícitas e informadas al Titular.
Libertad. El tratamiento solo se ejerce con el consentimiento previo, expreso e informado del Titular, o por mandato legal o judicial.
Veracidad o calidad. La información es veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible. Se prohíbe el tratamiento de datos parciales, incompletos, fraccionados o que induzcan a error.
Transparencia. Se garantiza al Titular el derecho a obtener del Responsable información acerca de la existencia de datos que le conciernan.
Acceso y circulación restringida. El tratamiento se sujeta a los límites derivados de la naturaleza de los datos. Los datos no estarán disponibles en internet u otros medios de divulgación masiva, salvo que el acceso sea técnicamente controlable.
Seguridad. Se adoptan las medidas técnicas, humanas y administrativas necesarias para otorgar seguridad a los registros y evitar su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.
Confidencialidad. Todas las personas que intervienen en el tratamiento están obligadas a garantizar la reserva de la información, obligación que subsiste aun después de finalizada su relación con ICVO.
6. DATOS PERSONALES QUE SE RECOLECTAN
6.1. En el marco del concurso “Tu compra te puede llevar más lejos”, ICVO recolecta:
Datos de identificación y contacto:
- Nombre completo
- Tipo y número de documento de identidad
- Número de teléfono celular (con WhatsApp)
- Correo electrónico
Datos de la compra y trazabilidad del producto:
- Producto adquirido, presentación y unidad de medida
- Código Único de Participación y número de lote
- Nombre y NIT del establecimiento o distribuidor
- Número de factura, recibo o comprobante de compra
- Departamento y municipio donde se realizó la compra
Datos comerciales y de preferencias de consumo (opcionales):
- Producto favorito, uso principal, destino de la compra (personal o negocio)
- Frecuencia y volumen de consumo
- Calificación de la experiencia, comentarios y sugerencias
6.2. Datos sensibles. ICVO no recolecta ni trata datos sensibles en el marco de esta actividad. Los campos abiertos del formulario no deben utilizarse para consignar información de salud, orientación política, convicciones religiosas, pertenencia a sindicatos u organizaciones, vida sexual, datos biométricos o cualquier otro dato sensible. De recibirse información de esta naturaleza, será suprimida.
6.3. Datos de menores de edad. La actividad está dirigida exclusivamente a mayores de dieciocho (18) años. ICVO no recolecta intencionalmente datos de niños, niñas y adolescentes. Detectado el registro de un menor, sus datos serán suprimidos de forma inmediata y definitiva, y el registro anulado.
6.4. Datos de terceros. El Titular garantiza que la información suministrada es propia y veraz. Cuando suministre datos de terceros —incluido el establecimiento o distribuidor—, declara contar con la facultad para hacerlo y asume la responsabilidad de haber informado a dicho tercero sobre las finalidades del tratamiento.
7. FINALIDADES DEL TRATAMIENTO
7.1. Finalidades principales (necesarias para la participación). Sin estas finalidades no es posible participar en el concurso:
- a) Registrar, verificar, validar y auditar la participación del Titular y la autenticidad del Código Único y del comprobante de compra. b) Aplicar la mecánica y los criterios de evaluación del concurso y determinar los ganadores. c) Contactar al Titular para efectos del concurso, incluida la notificación de resultados y la coordinación de la entrega de premios. d) Cumplir las obligaciones legales, tributarias, contables y de conservación documental derivadas de la entrega de premios, incluidas las retenciones en la fuente aplicables. e) Atender peticiones, quejas, reclamos y solicitudes relacionadas con la actividad. f) Prevenir, detectar e investigar fraudes, suplantaciones o usos indebidos de la mecánica. g) Atender requerimientos de autoridades administrativas y judiciales.
7.2. Finalidades analíticas y de mejora (uso interno).
- h) Elaborar estadísticas, análisis y estudios de mercado, de forma agregada y preferentemente disociada, sobre hábitos de consumo, cobertura geográfica, comportamiento de canales y desempeño de productos. i) Mejorar la calidad, formulación, presentación y empaque de los productos ICVO. j) Diseñar, evaluar y ajustar las estrategias comerciales, de distribución, de precios, de servicio y de portafolio de ICVO. k) Conocer la percepción y el nivel de satisfacción de los consumidores respecto de los productos y del servicio. l) Fortalecer la red de distribución y la relación con los canales de comercialización.
7.3. Finalidades de mercadeo (facultativas y revocables). Únicamente respecto de los Titulares que hayan otorgado autorización específica, adicional e independiente:
- m) Enviar información comercial, publicitaria y promocional sobre productos, novedades, promociones, eventos y beneficios de ICVO, por correo electrónico, mensaje de texto, WhatsApp, llamada telefónica u otros medios electrónicos. n) Invitar a participar en futuras actividades promocionales, encuestas y programas de fidelización.
El otorgamiento o la negativa de esta autorización es enteramente libre y no incide en la participación en el concurso, ni en su resultado, ni en la entrega de premios. El Titular puede revocarla en cualquier momento, sin costo y sin necesidad de justificación, por los canales indicados en la cláusula 11.
8. COMPROMISO EXPRESO SOBRE NO COMERCIALIZACIÓN NI CESIÓN A TERCEROS
8.1. ICVO declara de forma expresa que no vende, arrienda, cede, comercializa, permuta ni entrega a terceros los datos personales recolectados, para que estos los utilicen con fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole propia de dichos terceros.
8.2. La información recolectada se destina exclusivamente a las finalidades enunciadas en la cláusula 7, para el manejo y desarrollo de las estrategias, operaciones y decisiones internas de ICVO.
8.3. Las únicas comunicaciones de datos admisibles son:
- a) Transmisiones a Encargados del tratamiento, quienes tratan los datos por cuenta y bajo instrucciones de ICVO, sin autonomía sobre las finalidades, y sujetos a contrato de transmisión con obligaciones de confidencialidad y seguridad, conforme al artículo 2.2.2.25.5.2 del Decreto 1074 de 2015. b) Comunicaciones a autoridades administrativas, judiciales o de control, en ejercicio de sus competencias legales. c) Comunicaciones a sociedades del mismo grupo empresarial de ICVO, en la medida en que resulte necesario para las finalidades de la cláusula 7 y bajo los mismos estándares de protección.
8.4. ICVO responde por el cumplimiento de esta Política por parte de sus Encargados y exige de estos las garantías de seguridad y confidencialidad correspondientes.
9. ENCARGADOS DEL TRATAMIENTO Y TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES
9.1. Para la ejecución de las finalidades descritas, ICVO se apoya en proveedores tecnológicos que actúan como Encargados, entre ellos:
|
Encargado |
Servicio |
Ubicación de los servidores |
|---|---|---|
|
Microsoft Corporation (Microsoft Forms / Microsoft 365) |
Plataforma de recolección y almacenamiento de formularios |
[Estados Unidos / Unión Europea — verificar región del tenant] |
9.2. Transferencia y transmisión internacional. El Titular reconoce y autoriza expresamente que sus datos personales puedan ser almacenados y tratados en servidores ubicados fuera del territorio colombiano por los Encargados señalados, bajo estándares de seguridad equivalentes o superiores a los exigidos por la legislación colombiana y bajo contrato de transmisión de datos personales.
9.3. Esta autorización expresa se otorga sin perjuicio de los mecanismos previstos en el artículo 26 de la Ley 1581 de 2012 y constituye, para todos los efectos, el consentimiento del Titular para la operación internacional de datos.
10. DERECHOS DE LOS TITULARES
Conforme al artículo 8 de la Ley 1581 de 2012, el Titular tiene derecho a:
- a) Conocer, actualizar y rectificar sus datos personales frente a ICVO. Este derecho puede ejercerse, entre otros, frente a datos parciales, inexactos, incompletos, fraccionados, que induzcan a error o cuyo tratamiento esté expresamente prohibido o no haya sido autorizado. b) Solicitar prueba de la autorización otorgada, salvo cuando la ley señale que esta no es necesaria. c) Ser informado, previa solicitud, respecto del uso que se ha dado a sus datos personales. d) Presentar quejas ante la Superintendencia de Industria y Comercio por infracciones a la ley, una vez agotado el trámite de consulta o reclamo ante ICVO. e) Revocar la autorización y/o solicitar la supresión del dato, cuando en el tratamiento no se respeten los principios, derechos y garantías constitucionales y legales. La revocatoria o supresión procederá cuando la Superintendencia haya determinado la existencia de conducta contraria a la ley, o cuando no exista un deber legal o contractual que imponga al Titular permanecer en la base de datos. f) Acceder de forma gratuita a sus datos personales que hayan sido objeto de tratamiento.
Nota: la revocatoria de la autorización de mercadeo (cláusula 7.3) es siempre procedente e inmediata. La supresión total de los datos durante la vigencia del concurso puede implicar la imposibilidad de continuar participando, por resultar el tratamiento indispensable para la ejecución de la actividad, y no afectará la conservación de la información que ICVO deba mantener por mandato legal, contable o tributario.
11. PROCEDIMIENTO PARA CONSULTAS Y RECLAMOS
11.1. Canales de atención.
Correo electrónico: info@icvo.com.co
Dirección física: Autopista Medellín–Bogotá km 29, Guarne, Antioquia, Colombia
Teléfono / WhatsApp: 604 4443323
11.2. Legitimación. Podrán ejercer los derechos el Titular, sus causahabientes, su representante legal o apoderado, y los representantes de menores de edad, acreditando debidamente su calidad.
11.3. Consultas. La solicitud deberá indicar nombre completo, número de documento, datos de contacto y descripción de la información consultada. Será atendida en un término máximo de diez (10) días hábiles contados desde su recibo. Cuando no fuere posible atenderla dentro de dicho término, se informará al interesado el motivo y la fecha de respuesta, la cual no superará los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del primer plazo.
11.4. Reclamos. La solicitud deberá contener la identificación del Titular, la descripción de los hechos que dan lugar al reclamo, la dirección de notificación y los documentos que se quieran hacer valer.
- Si el reclamo resulta incompleto, se requerirá al interesado dentro de los cinco (5) días siguientes para que subsane. Transcurridos dos (2) meses sin que presente la información requerida, se entenderá desistido.
- Una vez recibido el reclamo completo, se incluirá en la base de datos la leyenda “reclamo en trámite” y el motivo, en un término no mayor a dos (2) días hábiles. Dicha leyenda se mantendrá hasta que el reclamo sea decidido.
- El término máximo para atender el reclamo es de quince (15) días hábiles contados desde el día siguiente a su recibo. Cuando no fuere posible atenderlo dentro de dicho término, se informará al interesado el motivo y la fecha de respuesta, la cual no superará los ocho (8) días hábiles siguientes al vencimiento del primer plazo.
11.5. Requisito de procedibilidad. El Titular solo podrá elevar queja ante la Superintendencia de Industria y Comercio una vez haya agotado el trámite de consulta o reclamo ante ICVO, conforme al artículo 16 de la Ley 1581 de 2012.
12. AUTORIZACIÓN DEL TITULAR
12.1. ICVO obtiene la autorización previa, expresa e informada del Titular mediante mecanismos técnicos que permiten conservar prueba de su otorgamiento, en particular la aceptación afirmativa e inequívoca dentro del formulario electrónico de registro, con constancia de fecha, hora y contenido de la política aceptada.
12.2. Las casillas de aceptación no se encuentran prediligenciadas y su diligenciamiento requiere una acción positiva del Titular.
12.3. La autorización para las finalidades principales y analíticas (cláusulas 7.1 y 7.2) se solicita de forma separada de la autorización para finalidades de mercadeo (cláusula 7.3), de manera que el Titular pueda otorgar una y negar la otra.
12.4. ICVO conserva la prueba de la autorización durante todo el tiempo en que trate los datos y por el término de prescripción de las acciones legales aplicables.
13. MEDIDAS DE SEGURIDAD
ICVO adopta medidas técnicas, humanas y administrativas razonables para proteger la información, entre ellas: control de acceso por perfiles y credenciales individuales, cifrado en tránsito, copias de respaldo, acuerdos de confidencialidad con empleados y contratistas, cláusulas de transmisión de datos con Encargados, capacitación del personal y procedimientos de gestión de incidentes de seguridad, incluida la notificación a la Superintendencia de Industria y Comercio cuando resulte procedente.
14. VIGENCIA DE LA POLÍTICA Y PERÍODO DE CONSERVACIÓN
14.1. Esta Política rige a partir del 31 de agosto de 2026 y permanecerá vigente mientras ICVO desarrolle su objeto social, sin perjuicio de sus modificaciones.
14.2. Los datos recolectados con ocasión del concurso se conservarán durante la vigencia de la actividad y por el término adicional necesario para el cumplimiento de las finalidades autorizadas y de las obligaciones legales, contables, tributarias y probatorias aplicables. Cumplidos dichos términos, serán suprimidos o irreversiblemente anonimizados.
14.3. Los datos tratados con finalidades de mercadeo se conservarán hasta que el Titular revoque su autorización.
14.4. Toda modificación sustancial de esta Política será comunicada a los Titulares antes de su implementación, por los canales de contacto registrados y mediante publicación en el sitio web de ICVO.
15. REGISTRO NACIONAL DE BASES DE DATOS
En caso de estar obligada conforme al artículo 2.2.2.26.1.2 del Decreto 1074 de 2015, ICVO inscribirá y mantendrá actualizadas sus bases de datos en el Registro Nacional de Bases de Datos administrado por la Superintendencia de Industria y Comercio.
[VERIFICAR] La obligación de inscripción aplica, entre otros, a sociedades y entidades sin ánimo de lucro con activos totales superiores a 100.000 UVT. Confirmar con contabilidad el valor de los activos totales al cierre del ejercicio anterior antes de publicar esta cláusula.
ANEXO — AVISO DE PRIVACIDAD
ICVO S.A.S. / ICVO QUÍMICA, NIT 890932892-1, con domicilio en Autopista Medellín–Bogotá km 29, Guarne, Antioquia, Colombia, correo info@icvo.com.co, actúa como Responsable del tratamiento de sus datos personales.
Sus datos serán tratados para: (i) gestionar y verificar su participación en el concurso “Tu compra te puede llevar más lejos” y entregar los premios; (ii) cumplir obligaciones legales y tributarias; (iii) realizar análisis internos de mercado orientados a mejorar nuestros productos, procesos y estrategias comerciales; y (iv) si usted lo autoriza de forma separada, enviarle información comercial y promocional.
Su información no será vendida, cedida ni compartida con terceros para fines comerciales de esos terceros.
Usted tiene derecho a conocer, actualizar, rectificar y suprimir sus datos, a solicitar prueba de esta autorización y a revocarla. Puede ejercer estos derechos escribiendo a info@icvo.com.co.
Consulte la Política de Tratamiento de la Información completa en icvo.com.co.
ICVO QUÍMICA · NIT 890932892-1 · Versión 1.0 — 31 de agosto de 2026